Claves de la lucha interina

María Jesús Casado. Sección sindical GVA Alicante

La precariedad en las administraciones públicas

Desde 1999, España está pendiente de trasponer la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea que obliga a no superar el 8% de temporalidad en las empresas y administraciones públicas. Con esta norma se intentan prevenir los abusos producidos por la utilización de forma sucesiva de contratos temporales. El Estado español lleva tiempo pagando multas por el retraso en transponer la Directiva, algo que obviamente han preferido hacer todos los partidos políticos en el poder antes que estabilizar sus plantillas a coste cero.

Y es que les viene muy bien a políticos y adjuntos tener una mano de obra más barata, más fácil de presionar y un coladero de afines. El truco es el siguiente: sacar pocas plazas en procesos que parecen “hechos a medida” para quienes quieren “meter” o “enchufar”. Si se cuela alguien “de fuera”, no pasa nada, el daño no es grande. El viejo sistema del embudo, siempre en contra de quienes no tienen algo de información privilegiada y amiguetes.

Recordemos que en nuestro país la temporalidad en Sanidad ronda el 50%, en Enseñanza el 40%, y un porcentaje parecido en la mayoría de las administraciones autonómicas y locales. Unas cifras escandalosas que obligan a mucha gente a vivir en constante zozobra, a estudiar año tras año los temarios básicos sin poder dedicar sus esfuerzos a su promoción laboral. El coste personal de opositar eternamente es alto: absentismo familiar, sobrecarga de trabajo a la pareja, dificultad para desconectar y deterioro de la salud mental.

Junto con gente enchufada que presumía de no haberse presentado nunca a una oposición, la mayoría de las personas temporales en la administración están marcadas por la incertidumbre vital e incluso por el acoso laboral y la explotación. Hay ciertas administraciones donde los casos de acoso y los expedientes disciplinarios (a veces usados como represalia) se concentran en ciertas áreas con un alto nivel de temporalidad y, como no, en un porcentaje tremendo sobre temporales.

Este panorama se les complicó sumamente a los políticos de turno cuando el personal temporal comenzó a demandar en los tribunales para conseguir una equiparación de derechos económicos y de todo tipo con el personal funcionario de carrera. Si había que pagar trienios y carrera profesional, el personal temporal de larga duración ya no tenía tantas ventajas. Y como desde la UE le exigían cumplir con la directiva, hicieron el “apaño” del Montorazo en 2017 (por Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda del PP entre 2011 y 2018) y el Icetazo de 2021 (por Miquel Iceta, ministro de Función Pública del PSOE) que realmente suponía el despido masivo de personal interina con muchos años de antigüedad.  

Efectivamente, se iba a regularizar en cada caso a 300.000 temporales, aparentemente un paso adelante, pero las organizaciones interinas contabilizaron más de 800.000 personas afectadas y denunciaron que realmente se trataba de un gigantesco Expediente de Regulación de Empleo en el sector público. Tras varios años de procesos de selección en todas las administraciones, el propio ministro Iceta reconoció que no se había cumplido el objetivo de estabilizar al personal temporal, y que en muchos casos el efecto había sido cesar a temporales antiguos para incorporar más temporales.

Las estrategias son muy conocidas por las personas opositoras con experiencia: exámenes dificilísimos, baremaciones favorables para gente que había estudiado en planes de estudios recientes, que tenían másteres o cursos que no habían sido ofertados al resto de la plantilla, puntos para trabajadoras del sector y de la privada, preguntas rechazadas sin justificar, etc. Sin contar con esos extraños casos en los que unas pocas personas sacaban la nota máxima (es decir, tenían el examen perfecto) mientras que el resto suspendía.

Siempre se ha sospechado que hay filtraciones de las preguntas y de las respuestas en muchos procesos. Y casualmente CGT ha podido tener la prueba empírica en un caso: en Valencia, en medio de un examen del grupo A, una vigilante de exámenes fue sorprendida mientras dictaba las respuestas a una opositora. Las quejas que se presentaron no impidieron que la opositora que copiaba pasase al segundo examen.

En el segundo examen, dicha vigilante pasó en un folio las respuestas a esta misma opositora. La vigilante resultó ser Ana Bruguer, ex directora general de Función Pública de Generalitat Valenciana con el último gobierno del PP, y la opositora una candidata de Vox. CGT demandó y dos años después el juez dijo en su sentencia que no se podía probar que la “apañada” no hubiese aprobado “por méritos propios”.

Los ceses de personal temporal y las injusticias manifiestas contribuyeron a azuzar la lucha interina, muy centrada en presionar a Bruselas, con demandas de valientes que elevaban cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). También se incrementó la lucha en la calle y en las redes. Twitter fue la plataforma preferida, con miles de personas retuiteando hashtag como #FijezaYa y haciendo llegar nuestra versión del tema a políticos y medios de comunicación.

Precisamente era en los medios dónde más dificultad encontrábamos para hacer llegar nuestra versión del problema. Los titulares seguían aludiendo a que los temporales de la administración querían que se nos “regalara” la plaza. Algo que en ciertas épocas seguramente contribuyó también a incrementar el rechazo a nuestras reivindicaciones por parte del personal funcionario de carrera y de la mayoría de las personas que no conocían el problema en profundidad.

Las primeras movilizaciones y las primeras demandas judiciales

En la calle destacaron las luchas del Cabildo de Canarias, de la enseñanza de Andalucía y Cataluña, y muchos otros focos de conflicto. Si bien esta lucha iniciada en la calle tuvo momentos duros, las demandas de las diferentes abogadas generaban pequeños rayos de esperanza en una carrera de fondo cada vez más agotadora. La base legal y argumental que proporcionaron estas cuestiones prejudiciales del TJUE a la lucha interina fueron fundamentales.

En 2021 ya era de común conocimiento la base jurídica que sustentaría nuestras reivindicaciones: la gran mayoría del personal temporal de la Administración estaba en fraude de ley. Prácticamente todas las administraciones incumplían sus propias normas administrativas de acceso a la Función Pública que desde el poder usaban reiteradamente como justificación para no estabilizar al personal interino. En las famosas cuestiones prejudiciales (mal llamadas “sentencias del TJUE”) se reconocía que el personal temporal con más de 3 años de antigüedad estaba en fraude de ley, y podía por tanto reclamar su fijeza o al menos una indemnización por cese.

Por fin se reconocía que las personas temporales de larga duración o en fraude de ley no habían tenido las oportunidades que dictaba la ley para haber podido acceder a una plaza fija, sobre todo porque la mayoría de las administraciones no sacan todas sus plazas vacantes a oposiciones ni hacen Ofertas Públicas de Empleo (OPE) cada año como es obligatorio.

Las primeras contestaciones a las cuestiones prejudiciales se tradujeron en miles de demandas de personal temporal que esperaban ver así reconocida su situación de estar en fraude de ley y tener, al menos, una sentencia que les reconociese el derecho a percibir en caso de cese la indemnización “disuasoria de despido” que establece la ley. Desgraciadamente, y aunque se han conseguido significativas sentencias favorables en primera instancia, las administraciones siempre recurrían estos fallos.

Tras muchas vacilaciones iniciales, el Tribunal Supremo decidió admitir la figura del “indefinido no fijo” para el personal laboral, pero se negó a reconocer el fraude de ley y el derecho a indemnización disuasoria por despido para el personal estatutario (temporales de la sanidad) y para el resto de personal regido por el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

Todas estas demandas han supuesto un gran esfuerzo económico para una gran parte de las personas trabajadoras de las Administraciones Públicas en fraude de ley en plazas de la escala básica, cuyos salarios son bajos. Actualmente no recomendamos iniciar los trámites para reclamar fijeza o indemnización por la vía de un contencioso-administrativo vista la cerrazón del Tribunal Supremo sobre el tema.

Recordemos que si las administraciones hubiesen hecho una gestión correcta del personal no harían falta contratos temporales excepto para su verdadero propósito: cubrir bajas, maternidades o excedencias por un tiempo determinado. Es el modelo de la Administración General del Estado, que sí que ha mantenido desde hace décadas niveles de temporalidad por debajo del 8%, tal y como determina la directiva europea de la temporalidad. En este ámbito sí que se justifica que se use como método de acceso la oposición “pura y dura”, es decir, sin que se sumen méritos como la antigüedad o los cursos.

Mientras tanto, la lucha interina seguía en la calle y en las redes sociales. En la primavera del 2021 se vio ya la clara intención de las administraciones de recurrir cualquier sentencia favorable al personal interino. Y entonces surgió la idea de hacer una huelga de hambre.

Huelga de hambre contra la precariedad en la administración

La primera en iniciar la huelga de hambre fue Maria Jesús, afiliada a la CGT de Alicante, y tras quince días a base de caldos y zumos, surgieron más valientes: Koro de Donostia, Irune de Bilbao, dos personas más en León (que tuvieron que abandonar por recomendación médica), y Raquel en Zaragoza (quien a pesar de tener problemas de salud importantes resistió dos semanas sin ingerir alimentos sólidos). Las huelgas de hambre, difundidas en las redes sociales, llamaron la atención de la prensa, que comenzó a hacer titulares más acordes con la realidad, y a visibilizar la injusticia que se estaba cometiendo con casi medio millón de personas trabajadoras.

Todos estos movimientos dieron fuerzas y unión en un colectivo poco acostumbrado a remar juntos como es el de las personas empleadas públicas. Las plataformas interinas plantearon más movilizaciones y recibieron también la invitación a ir al Senado a exponer sus demandas ante los grupos parlamentarios los días 21 y 22 de abril del 2021. Las comparecencias en la comisión de administración pública del Senado sirvieron para que algún partido cambiara su posición y para establecer contactos permanentes con grupos y políticos que veían que este problema debía resolverse siguiendo la ley y el sentido común, y no como hasta ahora, a base de despidos encubiertos y cerrazón.

En las siguientes semanas se retomaron las concentraciones y se iniciaron las caravanas de coches por las ciudades. La prensa siguió dando cobertura como nunca a estas movilizaciones llamativas y bien planeadas.  Se hacían eco también del golpe que suponía la pérdida del “talento interino” a las administraciones en general. En las redes empezamos a contar casos personales de sufrimiento y superación. El gran público por primera vez veía reflejada la realidad de un colectivo atrapado por la mala gestión de las administraciones y por los intereses políticos.

A finales de abril de 2021 teníamos estas novedades sobre la mesa:

1. La aprobación en el Parlamento asturiano, por primera vez en España, de una Propuesta No de Ley, en favor de la paralización de las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) y de la regularización administrativa de los temporales en abuso.

2. Dieciséis sentencias de fijeza del juzgado número 4 de Alicante, una sentencia de fijeza en Bilbao y varias más.

3. El excelente y contundente informe de constitucionalidad de la fijeza de los trabajadores en abuso elaborado por la expresidenta del Tribunal Constitucional María Emilia Casas.

4. El depuradísimo informe sobre la adecuación al marco jurídico vigente del proyecto de Estatuto de Personal del Parlamento de La Rioja y su aprobación estabilizando a cinco de sus empleados.

6. La comparecencia del ministro Miquel Iceta admitiendo pública y explícitamente el abuso que se comete sobre el personal temporal y su voluntad de solucionarlo.

7. Algunos sindicatos mayoritarios rectifican de palabra reconociendo el abuso y la necesidad de una solución para estos trabajadores. Pero las palabras por sí solas no cambian el rumbo de las políticas del Gobierno, que sólo se reúne con las organizaciones sindicales causantes del problema (CCOO, UGT y CSIF) y con la Federación de Municipios, manteniéndonos siempre al margen e ignorando nuestros derechos. Continúan obcecados en el camino emprendido de las OPEs, hablando de lo complicado que es solucionar este problema y maquinando nuevos cambios en el EBEP que no llegan y que mucho nos tememos sean poco eficaces. Las Comunidades Autónomas se limitan a decir que no pueden hacer nada y que esperan al cambio legislativo nacional.

El día 22 de abril, los Comités de Canarias, Navarra y Galicia convocaron una huelga de personal temporal al servicio de las administraciones públicas en todos y cada uno de sus respectivos sectores y territorios

Durante todo ese verano y otoño se continuó con constancia en las movilizaciones y la difusión en redes y prensa. Se hizo una gran manifestación en Madrid el 7 de mayo y huelgas en todos los territorios y administraciones para el día 18 de junio.

La acampada de Bruselas

Las recaudaciones de fondos para demandas y movilizaciones se sucedían, y surgió otra idea estupenda: que un grupo de compañeras fuesen a Bruselas a acampar frente a las puertas del Parlamento Europeo y a hablar con europarlamentarios y otros políticos europeos para dar una visión directa y entendible de la situación de las personas trabajadoras del sector público en España.

En otoño siguieron las movilizaciones y las huelgas. Se conseguía llegar a la gente y a los medios con un discurso que reconocía el fraude de ley y la necesidad de buscar una solución sin dejar en el paro a cientos de miles de personas trabajadoras del sector público. Se pidió desde grupos de personal interino que se paralizasen las ayudas que estaba dando la UE por los daños de la etapa COVID. Este tema se trató por encima en la prensa, pero mucha gente se dio cuenta que no se podía continuar desobedeciendo las normas europeas cuando se podía estabilizar al personal en fraude de ley a coste cero. El problema residía en las leyes de acceso a la función pública, y la cerrazón de la mayoría de los políticos a usar el concurso de méritos como sistema de estabilización extraordinario.

La presión a Europa fue muy eficaz, y como resultado en otoño de 2021 encontramos que desde la UE se amenazaba al Estado español con no liberar fondos europeos si no se daba una solución al incumplimiento de la directiva de temporalidad de 1999. Ese es el origen de la ley 20/21 en la que se obliga a sacar un número de plazas que permita finalmente a las administraciones cumplir con el 8% que exige la UE y habilita de forma excepcional el concurso como uno de los sistemas de acceso.

Ahí empezó de nuevo a cambiar el discurso de los medios, en la que muchas veces se leía literalmente que se iban a “regalar” la plaza a las personas en fraude de ley. Nada más lejos de la realidad: estos concursos de estabilización excepcional siguen cumpliendo las normas del TREBEP, por lo que están abiertos a todas las personas que quieran presentarse. Eso supone que mucho personal fijo va a aprovechar este proceso como una forma de promoción interna (a pesar de que hay procesos específicos para ello), para acceder a puestos de nivel superior.

Otra de las trampas que nos colaron en el cacareado proceso excepcional de estabilización es que se dota de amplio margen a las distintas administraciones para decidir sus baremos (y por supuesto sus exámenes), lo que da lugar a tasas de estabilización muy diferentes, dependiendo de la voluntad de quienes establecen los criterios de estos procesos especiales. Hemos visto casos de ayuntamientos en los que se ha dado una puntuación mayor por antigüedad al personal de cualquier otro ayuntamiento que al personal propio, por ejemplo.

También se han planteado demandas cuando existían diferentes valoraciones de la antigüedad dependiendo de la administración donde se hubiese adquirido la misma. Dos casos recientes han sido la demanda con posterior paralización del proceso en el Ayuntamiento de Elche, y un caso similar en el Ayuntamiento de Valencia.

Está claro que la Administración es un lugar refugio en tiempos de crisis, pero una de las bases de la lucha laboral es el derecho de los trabajadores a jubilarse dignamente y a la estabilidad. De hecho, uno de los problemas de las administraciones es la gran cantidad de jubilaciones que tienen por delante. No va a haber problema para que las nuevas generaciones tengan su oportunidad para acceder al empleo público. ¿Por qué entonces esta saña contra el interino con años de antigüedad, que se ve abocado al paro cuando le faltan 5, 10 o 15 años para jubilarse? Muchos lo tenemos claro: se ahorran mucho en pensiones y desestabilizan a la clase trabajadora y a la clase media a las que tanto parecen odiar.

Un país con muy poco empleo público

Un tema de fondo que hay que conocer y difundir es que España está en el furgón de cola de los países de la OCDE en cuanto la relación entre personas empleadas en el sector público y población, de manera que falta personal en el sector público para dar un correcto servicio a la ciudadanía. Sin embargo, se suele señalar que el gasto de salarios en las administraciones está sobre la media de los países de la OCDE ¿Cómo es posible cuando los sueldos en general son claramente modestos?, ¿Tendrá algo que ver el descontrolado gasto en altos cargos, cargos de confianza, administración instrumental y chiringuitos varios? Creemos que sí.

En CGT seguimos luchando por las personas trabajadoras del sector público, especialmente aquellos en fraude de ley, y a estas fechas, marzo del 2023, con varios años de OPEs en marcha y muchas compañeras en el paro o pendiente de los movimientos de las bolsas de empleo, se abre otro camino de lucha. Es el buzón de denuncias que puede llevar nuestras demandas directamente a la UE para conseguir una resolución de obligado cumplimiento.

La directiva europea de protección de denunciantes de corrupción (whistleblowing)

Desde CGT apoyamos esta iniciativa, por ser una acción de derecho europeo, que está enfocada a colectivos de personas en abuso de temporalidad, ante la justicia europea, sin costas judiciales y con un claro objetivo de que reciban los demandantes una sentencia directa de Europa, donde se zanje de una vez por todas el abuso que desde las administraciones españolas se está cometiendo contra el personal temporal del sector público.

¿Por qué? Porque desde CGT tenemos claro que la ley 20/2021 no transpone la directiva 1999/70 (UE) sino que legaliza de forma perversa la temporalidad para que se siga reproduciendo en el sector público de forma impune, fomentando nuevamente la precariedad y las privatizaciones.

La Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, garantiza la inmunidad de todas las personas denunciantes que trabajen en el sector privado o público (personal funcionario, interino, estatutario y contratado por vía laboral) y que hayan puesto en conocimiento infracciones del derecho de la Unión, donde aplica la directiva. También se aplicará cuando las personas denunciantes comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral activa, o ya finalizada.

Podríamos decir que ya es la primera Directiva «Post Brexit», pensada para gestionar una nueva realidad que es la puesta en marcha de un «corpus jurídico» más cohesionado de esa nueva UE, y en esa realidad ya no hay fronteras. La demanda bajo directiva 2019/1937 (UE) admite traslado a juzgados de otros países miembros.

Hay que ser honestos y realistas con las personas que están en abuso de temporalidad, y no aprovecharse de su desesperación y frustración. Mas adelante podrá existir, o no, algún giro por nuevas prejudiciales, pero actualmente no recomendamos iniciar acciones judiciales, solicitando fijeza, vía contencioso-administrativo, al personal en activo en la administración pública.

A fecha de abril 2023 se espera tener ya cerrados los “trenes de denunciantes” de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana y del SEPE. Sus casos serán objeto de estudio individualizado y por los juzgados de lo civil de Bruselas. Es posible que diferentes personas consigan diferentes sentencias, en base a su situación concreta, pero lo que parece bastante seguro es que se optará por indemnizaciones disuasorias de despido, si se sigue la tónica marcada por las prejudiciales del TJUE.

Recordemos que en este buzón del denunciante europeo pueden denunciar laborales, estatutarios, personal de enseñanza, de programa, independientemente de que la plaza que se ocupe tenga titular o no, mientras se haya trabajado para una administración pública más de tres años. Creemos que es una gran oportunidad para ayudar a las personas trabajadoras fraude de ley y conseguir que quienes manejan la función pública tengan que renunciar a su plan de “tres años y a la calle”.

Este artículo se publicó en el Libre Pensamiento nº 114, verano 2023

Referencias

Buzón de denuncias a la UE de CGT-FETAP:

– https://fetap-cgt.org/buzon-externo-denuncias/

-La directiva en el BOE el 26-11-19:  https://www.boe.es/doue/2019/305/L00017-00056.pdf

-Ley española del denunciante: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-4513